El TEDH concluye que las visitas realizadas en domicilio privado por parte de agentes urbanísticos con el fin de verificar la conformidad de las obras efectuadas, en ausencia de consentimiento del ocupante o autorización judicial, no pueden considerarse proporcionadas a los objetivos legítimos protegido.

El TEDH considera que la entrada de funcionarios públicos en el domicilio de una persona física o jurídica sobre la base del artículo 461-1 del Código de Urbanismo francés –que permite que los agentes municipales de urbanismo visiten las obras en curso realizadas en domicilio privado sin el consentimiento del propietario y reclamen toda la…