EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA CONSIDERA QUE EN UNA SOLICITUD DE INFORMACIÓN PÚBLICA HAY QUE ANONIMIZAR LOS NOMBRES DE LAS PERSONAS JURÍDICAS GRANDES TENEDORES DE VIVIENDAS PORQUE LA SEGURIDAD PÚBLICA PREVALECE AL INTERÉS PÚBLICO DE LA INFORMACIÓN SOLICITADA

Mediante la Sentencia de 12 de diciembre de 2023 (recurso 3628/2021), el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha resuelto un recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la Cambra de Propietat Urbana de Barcelona, contra la resolución de la Comissió de Garantia del Dret d’Accés a la Informació Pública (GAIP), de 7 de octubre de 2021….