El Tribunal Constitucional reitera que la jurisdicción contenciosa-administrativa no tiene carácter revisor y debe dar respuesta a los motivos planteados por los recurrentes.

En su Sentencia 23/2018, de 5 de marzo, el Tribunal Constitucional (TC) resuelve un recurso de amparo interpuesto por la vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 de la Constitución). En este recurso, un particular alegaba que el Juzgado Contencioso Administrativo que desestimó su recurso contencioso administrativo contra una sanción administrativa…