El Tribunal Supremo establece que la falta de informe o memoria de sostenibilidad económica en la tramitación de cualquier instrumento de transformación urbanística, siempre que contemplen la instalación de infraestructuras de sufragación o mantenimiento público, conlleva su nulidad.
En el recurso de casación resuelto por el Tribunal Supremo (TS) se impugnaba el Plan General de Ordenación Supletorio de Teror (Las Palmas de Gran Canaria) por haber sido aprobado sin el informe o memoria de sostenibilidad económica exigido por el actual artículo 22.4 del texto refundido de la Ley del suelo, aprobado por el…