Las garantías legales de las cantidades anticipadas para adquirir una vivienda se extienden también al supuesto de nulidad del contrato de compraventa por causa de un vicio de la edificación de naturaleza urbanística.

En la Sentencia núm. 527/2016, de 13 de septiembre, el Tribunal Supremo fija como doctrina que las garantías legales de las cantidades anticipadas para adquirir una vivienda —garantías reguladas por la Ley 57/1968, de 27 de julio, y por la Disposición Adicional primera de la LOE— se extienden también al supuesto de nulidad del contrato…