El TS aprecia la responsabilidad patrimonial del Estado legislador en relación con la imposición de una sanción administrativa en aplicación de un precepto legal que posteriormente ha sido considerado contrario al Derecho de la Unión Europea (STS de 10 de marzo de 2021).

En su momento, la Administración de la Generalitat de Cataluña impuso una sanción de 20.001 Euros por infracción de la Ley estatal de ordenación del comercio minorista (LOCM) a una sociedad del grupo MEDIA MARKT. Concretamente, se consideró que se había cometido la infracción prevista en el artículo 65.c) LOCM n relación con el artículo 14 de la misma ley, relativa a la prohibición de las denominadas “ventas a pérdida”. Esta sanción fue objeto de un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, que lo desestimó.

Posteriormente, el octubre de 2017, el TJUE declaró que el Derecho de la Unión Europea se oponía a una disposición como el artículo 65.c) LOCM (STJUE C-295/16). Dentro del plazo de un año desde la publicación de la referida sentencia en el DOUE, la sociedad mercantil formuló una reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado legislador ante la Generalitat. Esta reclamación fue trasladada a la Administración General del Estado, que la desestimó mediante un acuerdo del Consejo de Ministros, contra el cual se interpuso recurso contencioso-administrativo.

En este contexto, el TS estima el recurso y reconoce el derecho de la sociedad reclamante a ser indemnizada por el valor de la sanción impuesta, dado que se ha producido un supuesto de responsabilidad patrimonial del Estado legislador por infracción del Derecho de la Unión Europea (UE). El TS considera, a diferencia del Consejo de Ministros, que sí se ha incurrido en una violación suficientemente caracterizada del Derecho de la UE, dado que existía jurisprudencia anterior del TJUE que indicaba que los preceptos de la LOCM de referencia no se adecuaban a la Directiva 2005/29/CE.

En definitiva, siempre y cuando se cumplan los requisitos de la Ley del régimen jurídico del sector público (la procedencia de los cuales no se aborda en este resumen), la reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado legislador se demuestra como un canal para revertir los efectos patrimoniales de sanciones administrativas que han ganado firmeza, si el precepto legal que amparaba su imposición posteriormente pasa a ser considerado contrario al Derecho de la UE.

STS de 10 de marzo de 2021