La modificación de la Ley de Turismo excluye el criterio de reiteración en la cesión de viviendas para considerarlas de uso turístico
La anterior versión de la Ley 13/2002 de Turismo establecía que para considerar las viviendas de uso turístico, estas debían ser cedidas de manera reiterada a cambio de una contraprestación económica. Con la nueva redacción, proveniente de la ley de medidas, se excluye esta reiteración y se ampliará el número de viviendas que pasarán a ser consideradas de uso turístico.
Respecto a la responsabilidad del propietario de la vivienda de uso turístico y el pago voluntario de las sanciones que se le puedan imponer, la nueva redacción establece que una vez se haya agotado la vía administrativa, el recurso no podrá contener la reducción del 50% de la cantidad de la sanción por haber reconocido su responsabilidad.